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AMPLIACIÓN CALENDARIO CONTRIBUYENTE (COVID-19)

Ayer tarde por medio de Junta de Gobierno Local se ha aprobado el nuevo calendario del contribuyente para el 2020 en #Villanueva.
Por segunda vez en el vigente estado de alarma, el calendario fiscal de 2020 se procede a su modificación para una nueva ampliación de los periodos de pago en voluntaria de las principales obligaciones tributarias locales, fraccionamientos de IBI, etc.
✅ Se amplía el plazo de todos los tributos periódicos en DOS MESES con nuevos plazos para su pago en voluntaria.
✅ Se amplía del plazo al 31 de MAYO para la concesión de la BONIFICACIÓN en el IBI-URBANA a familias numerosas que se haya visto interrumpidas sus gestiones para la tramitación y solicitud de dicha bonificación por la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo.
Email: 

Por motivos de seguridad para evitar desplazamientos y siempre que existan métodos alternativos, la oficina de recaudación municipal pone a disposición el siguiente correo electrónico para que puedan ser solicitada la remisión de cartas de pago por medios telemáticos, así como toda la información que los vecinos consideren necesaria para facilitar la tramitación y cumplimiento del pago de impuestos.
Por este último motivo, se establece un nuevo servicio de atención telefónica y telemática de la Oficina de Recaudación pudiendo contactar directamente en el horario indicado.

Telef: 968 45 48 40 (horario: 9.00 a 14.00 horas)
Email:
Telef: 968 698 186 (horario: 9.00 a 14.00 horas)

Calendario Contribuyente 1

 

Calendario Contribuyente 2

Información sobre moratoria hipotecaria y de préstamos al consumo para personas afectadas por el estado de alarma

La Concejalía de Urbanismo ofrece a través de la Oficina Técnica un punto de información ciudadana de todas las medidas extraordinarias, en materia de vivienda, aprobadas con motivo del Estado de Alarma.

Se anuncia que la Oficina Técnica queda a disposición de todos los ciudadanos para informar y facilitar los trámites que les sean posibles a través del servicio de Vivienda, que de igual manera que se realizó con las ayudas estatales por la DANA el pasado mes de septiembre.
Teniendo en cuenta la situación de emergencia social actual, se han coordinado los Servicios Sociales municipales con la Oficina Técnica para realizar una tarea activa de información, mientras la Consejería de Fomento e Infraestructuras sigue redactando la Orden de convocatoria de ayudas al alquiler, donde se especificará el procedimiento, requisitos y trámites para su solicitud..

De esta manera, también se pretende informar para así agilizar la vital tarea que en estas fechas están desempeñando los Servicios Sociales atendiendo las necesidades más básicas e inminentes de subsistencia, para que toda la información relativa a VIVIENDA, pese a ser medidas sociales, pasen a nuestra OFICINA TÉCNICA.

Moratoria Hipotecaria

ℹ️ Nuestros técnicos municipales han realizado un síntesis sobre las medidas extraordinarias, en materia de vivienda, por el Estado de Alarma; la información está articulada en cuatro puntos:
☑️ MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA DE VIVIENDA DEBIDO AL COVID-19:
* Programas de ayudas al alquiler debido al COVID-19. (B.O.E 11/04/2020).
* Medidas en materia de vivienda adoptadas para colectivos en situación de vulnerabilidad económica sobrevenida por el COVID -19.
* Moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual.
* Suspensión del procedimiento de desahucio y moratoria en los pagos del alquiler.
* Garantía del suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo, gas natural y agua.

El objetivo de esta publicación es ofrecer toda la información existente hasta el momento en materia de vivienda, recopilada de forma sencilla para que cualquier ciudadano pueda acceder a ella, tanto por redes sociales como vía telefónica.
Debemos advertir que la Consejería de Vivienda está preparando la Orden, pero asimismo desde la OFICINA TÉCNICA se queda a disposición de todos los ciudadanos para atender todas aquellas cuestiones que se estimen oportunas relativas a ayudas a la vivienda. Las cuestiones, consultas o dudas pueden hacerlas llegar a través de nuestras líneas telefónicas y correo electrónico.

Moratoria Hipotecaria CARM

 

Guia Medidas Sociales Coronavirus

Atención no presencial durante el Estado de Alarma:

Teléfono de contacto: 968 698 186 / 968 06 75 75
email:
Puedes ver toda la información de la CARM haciendo click aquí.

EL AYUNTAMIENTO INSTALA GRATUITAMENTE MAMPARAS DE PROTECCIÓN A TODOS LOS COMERCIOS DEL MUNICIPIO

Mamparas

El Alcalde de Villanueva del Río Segura, Jesús Viciana, a propuesta de la Concejalía de Comercio, ha puesto en marcha un DISPOSITIVO ANTI COVID-19 en los comercios de nuestro municipio con la instalación gratuita de mamparas en los comercios de nuestro municipio,
con la intención de evitar contagios.

Hoy mismo se ha iniciado este plan de protección para que nuestros establecimientos comerciales de venta a la ciudadanía, que actualmente se mantienen abiertos, desarrollen su actividad con las máximas condiciones de seguridad.

El Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura está aplicando todas las medidas sanitarias que tiene a su alcance para poder hacer frente al COVID-19 tanto en la población como también en los comercios. Para ello se van a ir instalando mamparas de protección en los comercios locales y establecimientos que así lo han deseado.
El coste de las mismas será asumido por el Ayuntamiento como medida de protección, seguridad y activación del comercio local.
Somos conocedores que en la actualidad todo pasa por velar tanto por la seguridad de nuestros comerciantes que mantienen sus comercios abiertos, como de los vecinos puedan visitarlos en las mejores condiciones de higiene. El Concejal de Comercio se ha puesto en contacto con ellos personalmente y ha visitado la mayoría de los comercios para conocer de primera mano sus necesidades e informarles que esta medida, que a parte de proteger a todos, también se trata de una ayuda a nuestro comercio para evitar que soporten los costes de dicha instalación.
Nuestros comercios esenciales abiertos al día de hoy así como los que pronto se estima que van a abrir, se les pretende dotar de las máximas garantías de seguridad para el normal desarrollo de su actividad comercial.

La seguridad de todos es esencial.

De igual manera, desde el Ayuntamiento se informa a los comercios que las necesiten y que no hayan podido comunicarlo, que contacten y soliciten información directamente en el Ayuntamiento (968698186).

Consulta pública y trámite de audiencia previo a la aprobación a la aprobación de ordenanza reguladora de las tarifas por prestación de los servicios municipales de abastecimiento de agua potable y saneamiento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a consulta pública y trámite de audiencia los borradores de las ordenanzas que se indican a continuación:

• ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO, ASÍ COMO OTROS SERVICIOS Y ACTIVIDADES PRESTADOS EN RELACIÓN CON EL CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN VILLANUEVA DEL RÍO SEGURA.

Por lo que, durante el plazo de 15 días se somete a información pública los borradores de las ordenanzas indicadas, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente anuncio en la página web municipal, para que los interesados, o potenciales destinatarios de las normas, puedan examinarlas y presentar, en su caso, las aportaciones o sugerencias que estimen oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento en Villanueva del Río Segura, a 15 de abril de 2020.

NOTA INFORMATIVA DEL AYTO. DE VILLANUEVA DEL RÍO SEGURA

EL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL RIO SEGURA INFORMA

Nota de la Comisión Permanente del Consejo de Empadronamiento 
Tramitación de certificados de empadronamiento para solicitar la
moratoria en el pago de cuotas 
hipotecarias de colectivos vulnerables
como consecuencia del 
Real Decreto-ley 8/2020
de 17 de marzo, de medidas
urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID19

 ¿CÓMO SOLICITAR CERTIFICADOS DE EMPADRONAMIENTO?

1.- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL.

¿TIENE FIRMA DIGITAL?

- SI: A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, a la cual puede acceder haciendo clic aquí.

- NO: En este caso deberá enviar a la dirección de correo electrónico , la siguiente documentación:

- Solicitud que puede descargar haciendo clic aquí, la cual deberá ir cumplimentada e indicar el motivo de la misma, y firmada por el solicitante.

- Copia de un documento acreditativo de su identidad, para lo que bastaría con comprimirla (en caso de que no poseea conocimientos para realizar la operación de comprimir, envíe el fichero tal y como lo obtenga tras escanearlo o fotografiarlo).

  

2.- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO O CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO HISTÓRICO.

En este caso deberá enviar a la dirección de correo electrónico , la siguiente documentación:

- Solicitud que puede descargar haciendo clic aquí, la cual deberá ir cumplimentada e indicar el motivo de la misma. En ella deberán aparecer el nombre y apellidos de todas las personas que conviven en el domicilio, así como firmada por todos ellos, incluido el solicitante.

- Escrito firmado por todas las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio autorizando al solicitante del certificado.

- Copia cifrada de un documento acreditativo de la identidad de cada una de las personas empadronadas en el domicilio, para los menores de edad se deberá aportar copia del certificado de nacimiento o del libro de familia. Toda esta documentación bastaría con comprimirla con una contraseña robusta que luego se enviará en un correo aparte. (En el caso de que no poseea conocimientos para realizar la operación de comprimir, envíe el fichero tal y como lo obtenga tras escanearlo o fotografiarlo).

Una vez recibida y comprobada la documentación, se expedirá el correspondiente certificado, siendo este remitido a la dirección de email que el solicitante haya indicado en la solicitud. No se tramitarán solicitudes que se encuentren incompletas o les falte documento alguno.

DECRETO MEDIDAS ECONOMICAS COVID 19 1


DECRETO MEDIDAS ECONOMICAS COVID 19 2

Puedes descar el decreto haciendo clic aquí.

DECRETO LUTO OFICIAL COVID 19

 

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